En ejecución del artículo 2170 del Código Fiscal

Rango Decreto
Publicación 1874-06-27
Estado Vigente
Departamento SECRETARÍA DE GUERRA I MARINA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

DECRETA:

Art. 1.° El Jurado de que trata el artículo 2170 del Código Fiscal, que debe decidir sobre las reclamaciones por ajustamientos militares, se reunirá tres veces por semana, en la Secretaría de Guerra i Marina, de doce a una, en los dias de despacho.
Art. 2.° Hará de Secretario de dicho Jurado el Jefe de la sección 3.ª de la espresada Secretaría.

Dado en Bogotá, a 22 de junio de 1874.

S.PÉREZ.

El Secretario de Guerra i Marina,

R. Santodomingo Vila.

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