Por el cual se aprueba la organización interna y se fijan las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional Rionegro Nare "CORNARE"

Rango Decreto
Publicación 1985-02-08
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 26 del Decreto extraordinario 1050 de 1968,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Apruébase la Organización Interna y las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional Rionegro Nare "Cornare", adoptadas mediante el Acuerdo número 005 de 1984 de la Junta Directiva de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 005 DE 1984

(diciembre 3)

por el cual se establece la Organización Interna y se fijan las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional Rionegro Nare "Cornare".

La Junta Directivade la Corporación Autónoma Regional Rionegro Nare "Cornare", en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 60 de 1983 y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

I

ORGANIZACION INTERNA

Artículo 1°La Organización Interna de la Corporación Autónoma Regional Rionegro Nare "Cornare", será la siguiente:

2.1 Oficina de Planeación

2.2 Oficina de Auditoría Interna

2.3 Secretaría General

3.1 División Administrativa

3.2 División de Presupuesto y Contabilidad

3.3 División de Tesorería

4.1 División de Recursos Naturales y Desarrollo Rural

4.2 División de Infraestructura

4.3 División de Desarrollo de la Comunidad

4.4 Sección de Proyectos Prioritarios

5.1 Comité de Dirección

5.2 Junta de Licitaciones y Adquisiciones

5.3 Comisión de Personal

5.4 Consejo Asesor de Proyectos Prioritarios

5.5 Consejo de Ordenamiento de la Región Aeroportuaria.

6.1 Seccional Rionegro

6.2 Seccional San Carlos

6.3 Seccional Sonsón.

II

FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

JUNTA DIRECTIVA Y DIRECCION EJECUTIVA.

Artículo 2°La Junta Directiva y el Director Ejecutivo cumplirán las funciones a ellos asignadas en la Ley 60 de 1983, en los estatutos de la Corporación y demás disposiciones vigentes.

OFICINA DE PLANEACION

Artículo 3°Son funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes:

OFICINA DE AUDITORIA INTERNA

Artículo 4°Son funciones de la Oficina de Auditoría Interna, las siguientes:

SECRETARIA GENERAL

Artículo 5°Son funciones de la Secretaría General las siguientes:

SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

Artículo 6°Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera las siguientes:

DIVISION ADMINISTRATIVA

Artículo 7°Son funciones de la División Administrativa:

DIVISION DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD

Artículo 8°Son funciones de la División de Presupuesto y Contabilidad las siguientes:

DIVISION DE TESORERIA

Artículo 9º Son funciones de la División de Tesorería las siguientes:

SUBDIRECCION DC DESARROLLO

Artículo 10. Son funciones de la Subdirección de Desarrollo las siguientes:

DIVISION DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO RURAL

Artículo 11. Son funciones de la División de Recursos Naturales y Desarrollo Rural, las siguientes:

DIVISION DE INFRAESTRUCTURA

Artículo 12. Son funciones de la División de Infraestructura, las siguientes:

DIVISION DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD

Artículo 13. Son funciones de la División de Desarrollo de la Comunidad, las siguientes:

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