Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerio de Obras Públicas), por $ 3.346.756.00

Rango Decreto
Publicación 1971-11-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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E] Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral del artículo 50 de la Ley 4a de 1970, faculta al Gobierno Nacional para incorporar, por medio de decreto, al Presupuesto los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que como producto del empréstito 246-SF-CO, concedido por el Banco Internacional de Desarrollo "BID" para financiar la construcción de la carretera Pasto-Popayán, en el sector Caño-Timbío, se calcula que, durante la vigencia de 1971, los desembolsos tendrán un mayor valor sobre lo calculado en el presupuesto inicial, por $ 3.346.00, que deben ser incorporados al Presupuesto con destino a la referida obra;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 19 de 1971, por $ 3.346.756.00 para amparar la operación presupuesta de que trata este Decreto, y Que se; han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º. Adicióname los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia, fiscal de 1971, con la cantidad de tres millones trescientos cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y seis pesos ($ 3.346.756.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral

Presupuesto de Rentas e Ingresos

Capítulo XVI

Recursos del Crédito

Numeral 189. Equivalente en pesos del producto de las operaciones de crédito externo, con el BID, utilizable en 1971, para construcción de carreteras $ 3.346.756.00 3.346.756.00
Suma el recurso $ 3.346.756.00 3.346.756.00
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971:
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Presupuesto de Inversión Presupuesto de Inversión Presupuesto de Inversión Presupuesto de Inversión
Ministerio de Obras Públicas
Capítulo 710 Capítulo 710 Capítulo 710 Capítulo 710
Ministerio de Obras Públicas Ministerio de Obras Públicas Ministerio de Obras Públicas Ministerio de Obras Públicas
Programa 711 Programa 711 Programa 711 Programa 711
Plan Vial Nacional Plan Vial Nacional Plan Vial Nacional Plan Vial Nacional
Recursos del Crédito Externo Recursos del Crédito Externo Recursos del Crédito Externo Recursos del Crédito Externo
B. I. D. B. I. D. B. I. D. B. I. D.
584 264. Artículo 7130. Construcción y reconstrucción de carreteras. Troncal Occidental 3.346.756.00 3.346.756.00
Proyecto 2. Pasto-Popayán. Sector Cano-Timbío 3.346.756.00
Suma el crédito $ 3.346.756.00 3.346.756.00
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de octubre de .1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Llorente M.

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