Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene

Rango Decreto
Publicación 1931-11-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

"El Consejo de Ministros aprueba los traslados propuestos por el señor Administrador General del Departamento de Higiene, en el oficio número 498 de 3 del presente,"

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones del año fiscal en curso:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE

CAPITULO 70
Del artículo 543 al artículo
--- ---
546 $ 500
--- ---
CAPITULO 71
Del artículo 554, al artículo
550 168 28
CAPITULO 75
Del artículo 651 al artículo
643 3,694 55
Del artículo 651 al artículo
647 750
Del artículo 651 al artículo
649 250
Del artículo 651 al artículo
650 320

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de noviembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

R. URDANETA ARBELAEZ

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