Por el cual se hacen algunos traslados en el presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1934-11-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 19 de los corrientes, concedió la autorización pedida por la Contraloría General de la República para hacer unos traslados en el presupuesto de ese Departamento Administrativo,

DECRETA:

Artículo único. Hácense en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1934 los siguientes traslados:
DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA
CAPITULO 61 CAPITULO 61 CAPITULO 61 CAPITULO 61
Personal y material, Personal y material, Personal y material, Personal y material,
Del artículo 280. Para sueldos del personal de la Contraloría. $ 1.400
CAP1TÜLO 62
Gastos varios.
Del artículo 282. Para viáticos de los empleados de la Contraloría General 400
Del artículo 283. Para gastos imprevistos dé la Contraloría 700
Al capítulo 6l, articulo 281. Para útiles de escritorio, muebles, publicaciones, impresión de formularios, 2.500
Sumas Iguales $ 2.500 2.500

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de octubre de 1934.

ALFONSO LOPÉZ

El Ministro de Agricultura y Comercio, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

Jorge SOTO DEL CORRAL

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