Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1971, en varios Ministerios y Departamentos Administrativos, para el pago de pasivos exigibles, por $ 293.459.645.53
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3° .del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, se autorizó, al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, los créditos adicionales al Presupuesto que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Decreto ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República canceló dé oficio en el Balance del Tesoro de la Nación reservas correspondientes a la vigencia fiscal de 1969, por valor de $ 348.864.819.13, y a la vez expidió el Certificado de Disponibilidad número 13 de 1971, por igual valor, con base en tales cancelaciones, del cual hay que deducir la cantidad de $ 55.405.173.60 que no se incorporan como recursos del crédito del Ministerio de Obras Públicas, por estar contemplados en el Presupuesto de 1971, con lo cual el recurso fiscal para amparar la apertura de los créditos presupuéstales destinados a cancelar las mismas obligaciones y pasivos exigibles se reduce a la cantidad de $ 293.459.645.53, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adicióname los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1971, con la cantidad dé doscientos noventa y tres millones cuatrocientos cincuenta y: nueve mil seiscientos cuarenta y cinco pesos con cincuenta y tres centavos ($ 293.459.645.53) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 13., del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales:
Presupuesto de Rentas e Ingresos
Capítulo XV
Recursos del Balance del Tesoro
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