Por el cual se destinan unos fondos

Rango Decreto
Publicación 1942-08-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1°. De los fondos trasladados al capitulo 66, articulo 979 del Presupuesto Nacional vigente, destinase Hasta la cantidad de dos mil doscientos pesos ($ 2.200.00) para pago de jornales de Celadores, Porteros y Aseadoras del Museo Colonial, durante los meses de agosto a diciembre inclusive del presente año. Este Museo fue creado por Decreto 1422 de 1942.
Artículo 2°. El pago de estos jornales será atendido por el Contador Pagador del Ministerio de Educación Nacional.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de agosto de 1942.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ÁRCINIEGAS

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