Por el cual se modifica el marcado con el número 1614 de 1930
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que al dictar el Decreto número 1614 de 1930, reorgánico del Ministerio de Educación Nacional, no se incluyó en él la suma necesaria para pagar los viáticos de regreso a Alemania de las señoritas alemanas encargadas de la dirección del Instituto Pedagógico Nacional, viáticos que son indispensables pagar, y
- 2° Que el puesto de Abogado Jefe de la Sección 2ª del Ministerio de Educación Nacional no fue llenado sino hasta el día 16 de octubre de 1930, fecha en la cual tomó posesión el nuevo nombrado, habiendo desempeñado la Jefatura de la mencionada Sección en la primera quincena de octubre de 1930 el antiguo Jefe de la Sección, señor Enrique A. de Velasco,
DECRETA:
Artículo único. Modifícase el Decreto número 1614 de 1930, así:
CAPITULO 40
Artículo 502. Sueldos de los empleados del Ministerio de Educación Nacional, mensualmente, así:
Sección 2ª
Institutos Pedagógicos, Escuelas Normales, Enseñanza primaria, estadística, becas, registra de propiedad literaria y útiles de enseñanza.
| Parágrafo 9° Del Jefe de la Sección, a $ 190 mensuales, en quince días del mes de octubre de 1930 | 95 |
|---|---|
| CAPITULO 45 | CAPITULO 45 |
| Articulo 538. Para sostenimiento del Instituto Pedagógico Nacional para Señoritas, así: | Articulo 538. Para sostenimiento del Instituto Pedagógico Nacional para Señoritas, así: |
| Parágrafo 49. Viáticos de regreso a Alemania de las cuatro Profesoras alemanas encargadas de la dirección del citado Instituto | 1,600 |
Comuníquese a quienes corresponda y publíquese
Dado en Bogotá a 2 de diciembre de 1930.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educación Nacional,
Abel CARBONELL
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