Por el cual se confiere una comisión
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales
DECRETA:
Artículo 1° A partir del, 3 de julio de 1982 y por el termino de dieciocho (18) días, llamase en comisión a Bogotá al doctor Alberto Zalamea Costa, Embajador Extraordinario y plenipotenciario de Colombia ante el Gobierno de Costa de Marfil; en funciones atinentes a su cargó
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y no causa erogaciones a cargo del Tesoro Nacional.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de julio de 1982
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro, de Relaciones Exteriores,
Carlos Lemos Simmonds
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