Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1959-08-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo 206, artículo 2299 del Presupuesto de la vigencia en curso. "para atender a los gastos que demanden las Ferias Exposiciones que realice directamente el Ministerio, en el país, en el año", hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 206

Artículo 2299. Ordinal 1°

Aporte del Gobierno Nacional para atender a los gastos que demande la celebración de la V Feria Exposición Agropecuaria Internacional, que se llevará a cabo en Bogotá, en el presente año $ 50.000.00
Artículo segundo. El pago del aporte de que trata el artículo anterior, su manejo e inversión, y la rendición de las cuentas a la Contraloría General de la República, se efectuará con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones.

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de julio de 1959.

ALBERTO LLERAS.

Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Hernando Agudelo Villa,

Ministro de Agricultura.

Gilberto Arango Londoño,

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