Por el cual se destinan unos aportes nacionales para dos asociaciones deportivas

Rango Decreto
Publicación 1955-08-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° De los fondos apropiados en el Capítulo 104, articulo 1973 del Presupuesto Nacional vigente, destinase la suma de cinco mil pesos ($ 5.000.00) moneda corriente, la .cual se distribuirá así:
Para la Asociación Colombiana de Ajedrez, como aporte nacional para su funcionamiento, preparación y desarrollo del VII Campeonato Nacional de Ajedrez, con sede en Manizales, la suma de tres mil pesos$3.000.00Para el desarrollo del V Campeonato Nacional de Base-ball Amateur, con sede en Montería la suma de dos mil pesos2.000.00Total$ 5.000.00
Para la Asociación Colombiana de Ajedrez, como aporte nacional para su funcionamiento, preparación y desarrollo del VII Campeonato Nacional de Ajedrez, con sede en Manizales, la suma de tres mil pesos $3.000.00
Para el desarrollo del V Campeonato Nacional de Base-ball Amateur, con sede en Montería la suma de dos mil pesos 2.000.00
Total $ 5.000.00
Para la Asociación Colombiana de Ajedrez, como aporte nacional para su funcionamiento, preparación y desarrollo del VII Campeonato Nacional de Ajedrez, con sede en Manizales, la suma de tres mil pesos $3.000.00
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Para el desarrollo del V Campeonato Nacional de Base-ball Amateur, con sede en Montería la suma de dos mil pesos 2.000.00
Total $ 5.000.00
Artículo 2° La suma de tres mil pesos ($ 3.000) destinados a la Asociación Colombiana de Ajedrez, se pagará al "Tesorero dé dicha Asociación, y la de dos mil pesos ($ 2 000 .00) para el desarrollo del Campeonato Nacional de Base-ball, se pagará al Tesorero General del Departamento de Córdoba, previas las formalidades legales, y a su cargo quedarán la inversión y cuentas que deban rendirse a la Contraloría General de la República.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de julio de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Educación Nacional;

Aurelio Caicedo Ayerbe.

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