Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 89.103.241.61

Rango Decreto
Publicación 1977-09-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en el presupuesto de Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976, quedaron saldos de apropiación que no se alcanzaron a ejecutar, por un valor de $ 127.131.977.09 (ciento veintisiete millones ciento treinta y un mil novecientos setenta, y siete pesos con nueve centavos moneda, corriente), igualmente una partida de S 10.000.000.00 (diez millones de pesos moneda corriente), adicionados mediante Decreto - ley número 45 de diciembre 15 de 1976, con destino a la construcción del Edificio para la Superintendencia Bancaria, la cual no fue incorporada en la citada vigencia lo que da un total de .$. 137.131.977.09 (ciento treinta y siete millones ciento treinta y un mil novecientos setenta y siete pesos con nueve centavos moneda corriente);

Que de la suma anterior deben deducirse las siguientes cantidades-: $ 8.452.979.12, correspondiente a "Recursos Propios", que no ingresaron en 1976. $ 28.075.756.36, para el Palacio de Nariño, los cuales fueron incorporados mediante Decreto número 423 de febrero 28 de 1977 $ 9.500.000.00 para el Edificio Nacional de Manizales incorporados con Decreto número 977 de mayo 4 de 1977 y $ 2.000.000.00 trasladados al Ministerio de Educación Nacional mediante Decretó número 1413 de julio 8 de 1976;

Que el Fondo de Inmuebles Nacionales tiene compromisos contraídos que deben ser financiados con el sobrante neto de aprobación, el cual asciende a $ 89.103.241.61 (ochenta y nueve millones ciento tres mil doscientos cuarenta y un pesos con sesenta y un centavos moneda corriente;

Que el artículo 14 del Decreto 369 del 10 de marzo de 1972 autoriza al Ministerio de Obras Públicas y Transporte para destinar los saldos no utilizados ni comprometidos del Fondo de Inmuebles Nacionales para los proyectos que a su juicio este organismo necesite;

Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Articulo 1º Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1977 en la cantidad de $ 89.103.241.61 (ochenta y nueve millones ciento tres mil doscientos cuarenta y un pesos con sesenta y un centavos, moneda corriente), de acuerdo con el siguiente detalle:

Presupuesto de Ingresos.

Otros Recursos:

Numeral 4. Recursos del Balance $ 89.103.241.61
Suma el Presupuesto de Ingresos $ 89.103.241.61
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adicionase el Presupuesto de Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 89.103.241.61 (ochenta y nueve millones ciento tres mil doscientos cuarenta y un pesos con sesenta y un centavos, moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de Gastos. Inversión Directa. Programa 01. Estudios, Construcción, Reconstrucción y Conservación de Edificios, Monumentos, y Parqués Nacionales. Artículo. 01. Estudios, construcción y reconstrucción de Inmuebles Nacionales $ 40.807.241.61
--- --- ---
Proyecto 6: Palacio de Justicia - Ibagué $ 3.151.732.48
Proyecto 8. Palacio de Justicia - Bogotá 2.260.900.00
Proyectó 15. Edificio Nacional de Tunja 2.100.000.00
Proyecto 16. Adquisición, remodelación y dotación Edificio para la Contraloría General de la República 23.294.609.13
Proyecto 17. Construcción Edificio Superintendencia Bancaria 10.000.000.00
Artículo 02. Reconstrucción y conservación de Edificios Nacionales 9.000.000.00
Proyecto 1. Cartagena, Minobras, Congreso, San Carlos y otros 9.000.000.00
Artículo 07. Construcción o Adquisición de Inmuebles 39.296.000.00
Proyecto 1. Adquisición oficinas, Administración de Impuestos Unicentro-Bogotá 3.296.000.00
Proyecto 2. Adquisición Edificio "Bancol" para el Ministerio de Gobierno 36.000.000.00
Suma el Presupuesto de Gastos $ 89.103.241.61
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
--- --- ---

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de agosto, de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Humberto Salcedo Collante.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.