Por el cual se efectúa un traslado en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1983 (Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas), por valor de $ 800.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades que le confiere el artículo 113 del Decreto extraordinario 294 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución número 1145 de junio 16 de 1983, el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, declara sobrante y disponible para trasladar parte de apropiación de funcionamiento por la suma de $800.000, con el objeto de incrementar unos rubros de su mismo presupuesto para los cuales, la apropiación resultó insuficiente;
Que el Auditor General ante el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, expidió el Certificado de Disponibilidad número 001 de julio 11 de 1983, per valor de $800.000, refrendado por el Contralor General de la República, conforme con los artículos 1° de la Resolución orgánica 8299 de 1980 y 113 del Decreto extraordinario 294 de 1973;
Que según lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 40 de 1982, la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable al traslado propuesto,
DECRETA:
Artículo 1° Efectúase el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1983:
CONTRACREDITO
Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas
Presupuesto de Funcionamiento
CAPITULO I
DIRECCION SUPERIOR
Servicios personales
| 263-17-11. Artículo 0462. Honorarios | $ | 800.000 |
|---|---|---|
| Total contra crédito | $ | 800.000 |
| CREDITO Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas Presupuesto de Funcionamiento CAPITULO I DIRECCION SUPERIOR Servicios personales 263- 7-1,1 Artículo 0454 Horas extras y días feriados | $ | 100.00 |
| 263-18-11 Artículo 0463 Remuneración Servicios Técnicos | $ | 700.000 |
| Total crédito | 800.000 |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de julio de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
Florángela Gómez de Arango.
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