Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-12-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Mnistros, en su sesión del día 27 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado en el Presupuesto del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en la nota número ,procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

Capítulo 46:
Del artículo 530. Para sueldos del personal del Departamento, en el año, incluyendo Dirección, Secciones y Campañas (Departamento de Agricultura) $ 8.000
Al artículo 570 ter. Para gastos de la Exposición Agropecuaria que tendrá lugar en el próximo mes de diciembre (artículo 28, Ley 74 de 1926), en la ciudad de Bucaramanga 8.000
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de noviembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Marco Aurelio ARANGO.

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