Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Gobierno)

Rango Decreto
Publicación 1957-12-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 00164 de 1950 y 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE GOBIERNO

CAPITULO 042

Presupuesto, Contabilidad y Control.

001. Del artículo 0428: Para sueldos del personal del Departamento Tercero, así: Presupuesto, Contabilidad y Control, Pagaduría y Proveeduría, en el año $ 6.550.00
Suman los Contracréditos $ 6.550.00
CAPITULO 041 Ministerio
001. Al artículo 0414. Para sueldos del personal del Gabinete del Ministro y Departamento Primero, asi: Secretaria General; Asesoría Jurídica, Bibliotecas, Archivo y Correspondencia; Departamento Segundo, asi: Negocios Generales, Propiedad Intelectual y Publicaciones; Departamento Cuarto, Territorios Nacionales, y Administración del Capitolio, y gastos de representación del Ministro, en el año 4.635.00
CAPITULO 043 Gastos varios.
001. Al artículo 0435. Para pagar al personal del Ministerio de Gobierno la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores 1.915.00
Suman los créditos 6.550.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publiques.

Dado en Bogotá a 4 de octubre de 1957.

Mayor General Gabriel París,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Contraalmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, José Mario Villarreal. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.

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