Por el cual se concede una autorización

Rango Decreto
Publicación 1968-08-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Autorízase al doctor Hernán Echavarría Olózaga, Embajador de Colombia en Washington, Estados Unidos de América, o en su defecto al doctor José Camacho Lorenzana, Ministro Plenipotenciario de la misma Embajada, para que firme, en nombre del Gobierno de Colombia, un Contrato de Garantía con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, hasta por la suma de US$ 18.300.000, cantidad que se destinará a financiar parte del Programa de Rehabilitación y Ensanche de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de julio de 1968.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado, José María Morales Suarez. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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