Por el cual se suprime una oficina y se crea otra en el ramo de Correos

Rango Decreto
Publicación 1916-12-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Suprímese en Jambaló --Departamento del Cauca-- la Oficina de Correos, y créase en el Municipio de La Sierra, en el mismo Departamento, Oficina Postal servida por un Administrador de Correos, con la dotación de diez pesos ($ 10) y un peso ($ 1) para gastos de útiles de escritorio mensuales.

Parágrafo. Surtirá sus efectos el presente Decreto desde el día 1.º de enero de 1917.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de diciembre de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA--El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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