por el cual se pasa el conocimiento de un negocio administrativo de un ministerio a otro

Rango Decreto
Publicación 1931-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le concede el artículo 60 del Decreto 1704 de 1923, reglamentario del artículo 132 de la Constitución Nacional, y teniendo en cuenta que el doctor Alfonso Araújo, actual Ministro de Obras Públicas, se ha declarado impedido para seguir conociendo del asunto relacionado con el contrato celebrado en años anteriores por dicho Ministerio con los señores Gustavo E. Gaviria y A. Tawse Smith, sobre ejecución de estudios y proyectos para la construcción del acueducto de Río-hacha,

DECRETA:

Artículo único. Pásese del Ministerio de Obras Públicas al de Gobierno, el conocimiento del negocio de que se trata.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de noviembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.