POR EL CUAL SE REORGANIZA EL SERVICIO CONSULAR

Rango Decreto
Publicación 1929-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Desde el día 1° de enero de 1930 en adelante, los Consulados de la. República, el personal remunerado de ellos y sus asignaciones mensuales, serán los que a continuación se establecen:

Solamente en caso de urgencia el Gobierno creará nuevos Consulados y les fijará el personal y las asignaciones correspondientes, en armonía con las disposiciones del presente Decreto,

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de diciembre de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos URIBE

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