por el cual se modifica el artículo 6° del Decreto número 0438 de 1962

Rango Decreto
Publicación 1986-07-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6º del Decreto 0438 de 1962 creó en el Ministerio de Minas y Energía, un Comité de Becas y le señaló sus funciones;

Que la Ley 1º de 1984, modificó la estructura Administrativa del Ministerio de Minas y Energía;

Que el Decreto número 0623 de 1985, estableció su planta de personal;

Que es preciso ajustar la nomenclatura de los cargos a que se refiere el artículo 6º del Decreto 0438 de 1962,

DECRETA:

Artículo 1 ºEl Comité de Becas creado por el artículo 6º del Decreto 0438 de 1962, quedará integrado por el Secretario General, el Director General o Jefe de Oficina correspondiente a los casos que analizare y por el Jefe de la División de Personal. Actuará como Secretario el Jefe de la sección de Bienestar Social y Adiestramiento.
Artículo 2 ºEl presente Decreto modifica el artículo 6º del Decreto 0438 de 1962, deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíque se, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D E., a 27 de junio de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Minas y Energía,

Ivan Duque Escobar.

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