Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1983 (Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarias) por valor de $ 15.500.000

Rango Decreto
Publicación 1983-08-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 113 del Decreto Extraordinario 294 de 1973, y

considerando:

Que por medio de la Resolución número 472 del 23 de junio de 1983, el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías propone efectuar un traslado dentro del Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia de 1983 por la suma de $ 15.500.000, con el objeto de incrementar un rubro de su mismo presupuesto que resultó insuficiente;

Que el Auditor General ante el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías expidió el Certificado de Disponibilidad número 01 de julio 19 de 1983 por valor de $ 15.500.000 refrendado por el Contralor General de la República conforme a los artículos 1° de la Resolución Orgánica número 8299 de 1980 y 113 del Decreto Extraordinario 294 de 1973;

Que según lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 40 de 1982, la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable al traslado propuesto, y que el Departamento Nacional de Planeación conceptuó favorablemente sobre la modificación presupuestal, según lo establecido en el artículo 114 del Decreto Extraordinario 294 de 1973.

decreta:

Artículo 1° Efectúase el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1983.

CONTRACREDITO

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE INTENDENCIAS Y COMISARIAS

PRESUPUESTO DE INVERSION

Capítulo 01

DIRECCION SUPERIOR

Programa 5105

Plan de inversión en las Intendencias y Comisarías.

Inversión Directa Recursos Ordinarios

Claves: Funcional 31 274.

Artículo 5224. Transporte marítimo y fluvial.

Proyectos.

1 Construcción de amarraderas y embarcadero en Tarapacá-Amazonas 1.000.000
2. Construcción de amarraderas y embarcadero en la Pedrera-Amazonas 1.000.000
3. Construcción de amarraderas y embarcadero en Puerto Leguizamo-Putumayo 3.000.000
4. Construcción de amarraderas y embarcadero la Tagua-Putumayo 1.000.000
5. Construcción de amarraderos y embarcadero en Puerto Ospina-Putumayo 3.000.000
6. Construcción en amarraderos y embarcadero en Puerto Inírida-Guainía 1.500.000

Clave: 31 275.

Artículo 5225. Transporte aéreo.

Proyecto.

1. Refuerzo y conservación de la pista de Puerto Inírida 5.000.000
Total Contracrédito $15.500.000

CREDITO

Clave: 31 273.

Artículo 5223. Transporte terrestre.

Proyecto.

5. Terminación de Puentes y Construcción de accesos carretera marginal de la selva sobre los ríos Pauto, Tocaría y Ariporo 15.500.000
Total Crédito $15.500.000
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., 19 de julio de 1983.

belisario betancur

El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E),

Florángela Gómez de Arango

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.