Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas

Rango Decreto
Publicación 2011-06-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971 y 7ªde 1991, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1° de enero de 2007.

Que el Consejo Superior de Comercio Exterior en su Sesión 89 del 4 de abril de 2011 recomendó bajar los aranceles de los cueros crudos para mejorar la disponibilidad de la materia prima y reducir costos de producción de la cadena del cuero y sus manufacturas.

Que en la Sesión 230 del 14 de abril de 2011 el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó autorizar la reducción del gravamen arancelario a cero por ciento (0%) para los productos clasificables en las subpartidas arancelarias 4101.20.00.00, 4101.50.00.00, 4101.90.00.00, 4104.11.00.00 y 4104.19.00.00, hasta el 31 de diciembre de 2011.

DECRETA:

Artículo 1°. Establecer un gravamen arancelario de cero por ciento (0%) para las subpartidas arancelarias 4101.20.00.00, 4101.50.00.00, 4101.90.00.00, 4104.11.00.00 y 4104.19.00.00.
Artículo 2°. El gravamen establecido en el artículo anterior tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2011.
Artículo 3°. El presente decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 4589 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Sergio Diazgranados Guida.

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