por el cual se reglamenta el numeral 3 del artículo 178 del Decreto-ley 960 de 1970
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 y 189 numeral 11 de la Constitución Política, y en desarrollo del Decreto-ley 960 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante concurso, y que compete a la ley la reglamentación del servicio público que prestan los notarios y registradores.
Que el numeral 3 del artículo 178 del Decreto-ley 960 de 1970 establece que el pertenecer a la carrera notarial implica la preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma circunscripción político-administrativa, otra Notaría de la misma categoría que se encuentre vacante.
Que el artículo 164 del Decreto-ley 960 de 1970 establece que la carrera notarial y los concursos serán administrados por el Consejo Superior.
Que se considera procedente reglamentar el derecho de preferencia de que trata el numeral 3 del artículo 178 del Decreto-ley 960 de 1970, en cuanto a su aplicación, vigencia y extinción, con el fin de garantizar seguridad jurídica en el ejercicio de la función nominadora.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1°. Objeto y Ámbito de Aplicación. Nulo.
CAPÍTULO II
Disposiciones generales
Artículo 2°.Ingreso a la Carrera Notarial. Nulo.
Artículo 3°.Circunscripción Político-Administrativa. Nulo.
Artículo 4°.Vacante. Nulo.
CAPÍTULO III
Solicitud y trámite
Artículo 5°.Procedencia de la solicitud. Nulo.
Artículo 6°.Requisitos de la solicitud. Nulo.
Artículo 7°*.Trámite de la solicitud.* Nulo.
Artículo 8°.Agotamiento de la solicitud. Nulo.
CAPÍTULO IV
Disposiciones transitorias
Artículo 9°.Solicitudes actuales. Nulo.
Artículo 10.Vigencia. Nulo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de octubre de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Justicia y Del Derecho,
Yesid Reyes Alvarado.
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