Por el cual se concede una franquicia telegráfica transitoria
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Concédese franquicia telegráfica por veinte palabras hasta el 1.º de enero próximo, al doctor Oliverio Gaitán, Presidente de la Junta Organizadora del obsequio de año nuevo a los enfermos de Agua de Dios, única y exclusivamente para tratar los asuntos urgentes relacionados con las funciones de la expresada Junta.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de octubre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.