por el cual se crea la Comision Asesora para la equidad y la participacion de la mujer

Rango Decreto
Publicación 1994-08-31
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 1º del Decreto-ley 1050 de 1968.

DECRETA:

Artículo 1º. Comisión Asesora para la Equidad y la Participación de la Mujer. Créase la Comisión Asesora para la Equidad y la Participación de la Mujer, como organismo asesor del Gobierno Nacional en temas relacionados con la participación equitativa de la mujer en todos los espacios de la actividad social, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2º. Objetivo. La Comisión asesorará al Presidente de la República en temas relacionados con la formulación de estrategias de acción que garanticen la participación equitativa de la mujer en todos los espacios de la actividad política, económica, social y cultural del país.
Artículo 3º. Composición. Los miembros de la Comisión serán los siguientes:
Artículo 4º. Funciones. Para cumplir con su objetivo, la Comisión asesorará al Presidente de la República en los temas que incidan en la discriminación de la mujer y en la formulación de estrategias de acción concretas que garanticen el reconocimiento al aporte de las mujeres en el desarrollo económico y social del país, así como su equitativa participación en todas las dimensiones de la vida cotidiana.

para tal efecto, la Comisión deberá:

Artículo 5º. Ejecución. Para el cumplimiento de su función la Comisión trabajará en cada caso con las entidades competentes en la materia de estudio, promoverá la constitución de comisiones regionales para la equidad y participación de la mujer y podrá organizar comités de trabajo acordes con los temas que le corresponde estudiar.
Artículo 6º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de agosto de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Manuel Turbay Marulanda.

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