Por el cual se adiciona el Decreto 1741 del 24 de agosto de 1988

Rango Decreto
Publicación 1989-09-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3 del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. Adicionase el artículo 1º del Decreto 1741 del 24 de agosto de 1988, con las siguientes Misiones:
EMBAJADAS NIVELES DE GASTOS DE REPRESENTACION
Australia 2
Etiopía 1
Grecia 2
Marruecos 1
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D, E., a 8 de septiembre de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Londoño Paredes,

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

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