Por el cual se reforma el Decreto número 2291 de 1949, sobre fijación de viáticos de los empleados dependiente del Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1953-08-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° El Secretario Privado del Ministro de Obras Públicas devengará los viáticos fijados para los Directores y Jefes de Departamento del Ministerio, por el Decreto número 1527 de 1952, cuando salga de su residencia en ejercicio de funciones oficiales.
Artículo 2° Este Decreto regirá desde el 1° de agosto del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de agosto de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

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