Por el cual se hace un traslado dentro del presupuesto de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros tuvo a bien acceder a la solicitud hecha por el señor Ministro de Industrias en oficio número 1380 de fecha 12 del presente mes,
DECRETA:
Artículo 1° Hácese el siguiente traslado dentro del Presupuesto de la actual vigencia:
| Del capítula 44, artículo 159 | $ | 2,000 | |
|---|---|---|---|
| Al capítulo 45, artículo 179 | 2,000 | ||
| Sumas. | $ | 2.000 | 2,000 |
| Artículo 2° Dése conocimiento de este hecho al señor Contralor General de la República. | Artículo 2° Dése conocimiento de este hecho al señor Contralor General de la República. | Artículo 2° Dése conocimiento de este hecho al señor Contralor General de la República. | Artículo 2° Dése conocimiento de este hecho al señor Contralor General de la República. |
| --- | --- | --- | --- |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Industrias,
Francisco José CHAUX
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