Por el cual se fijan personal y asignaciones en las Aduanas de la República y en la Policía Fiscal de las mismas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 4º del Decreto 2218 de 1950,
DECRETA:
Artículo 1º Los siguientes serán el personal y asignaciones en las Aduanas de la República y en la Policía Fiscal de las mismas, partir del 16 de octubre del presente año.
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 27747 (TABLA DE ASIGNACIONES) PÁG. 7 A 10.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de octubre de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
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