Por el cual se crea la plaza de Telefonista en la Oficina de Betulia(Antioquia), y se nombra el empleado
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Créase la plaza de Telefonista en la Oficina Postal y Telegráfica de Betulia (Antioquia), y nómbrase para desempeñarla a la señorita Marta Hurtado Escobar.
Artículo 2º El empleado a que se refiere el artículo 1º, devengará sueldo mensual de $ 15, que será pagado por el Municipio de Betulia (Antioquia), de conformidad con el Acuerdo número 34, de fecha 26 de octubre del año en curso, expedido por el honorable Concejo Municipal de esa población.
Artículo 3º Este Decreto regirá desde la fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de noviembre de 1940,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo CADENA D'COSTA
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