Por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario vigente (Ministerio de Correos y Telégrafos)

Rango Decreto
Publicación 1943-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que por el artículo 2° de la Ley 6a de 1943 se autorizó al Gobierno para nacionalizar los servicios de telecomunicaciones, mediante la compra de las empresas existentes en el país, y para contratar los empréstitos, internos o externos, que fueren necesarios para pagar las adquisiciones que se hicieren;

Que en virtud de esta autorización, el Gobierno procedió a comprar la Empresa de Telecomunicaciones denominada "Marconi's Wireless Telegraph Company Ltd.", según contrato de fecha 4 de agosto de 1913, publicado en el Diario Oficial número 25338, del 3 de septiembre último;

Que para atender al pago de la compra a que se refiere el considerando anterior, el Gobierno ha celebrado con el Banco Postal el contrato de fecha 26 de agosto del presente año, por medio del cual dicho Banco se obliga a dar en calidad de mutuo o préstamo a la Nación, la cantidad de $ 100.000, suma que, en cumplimiento del mencionado convenio, ha sido consignada por el Banco en la Tesorería General de la República;

Que la Contraloría General; en oficio de fecha 4 de octubre en curso distinguido con el número 19274,certifica la existencia del nuevo recurso fiscal por la suma de 100.000, proveniente de la consignación verificada por el Banco Postal, en desarrollo del convenio celebrado con el Gobierno, y declara que tal valor puede ser utilizado en la apertura de un, crédito adicional al Presupuesto vigente; y Que el artículo 5° de la Ley 6ª de 1943 faculta al Gobierno para incorporar en el Presupuesto extraordinario los recursos que se obtengan con destino al cumplimiento de dicha Ley,

DECRETA:

Artículo 1° Con base en la suma de cien mil pesos ($ 100.000) moneda corriente, proveniente de consignación verificada en la Tesorería General de la República por el Banco Postal, en desarrollo del convenio celebrado con la Nación, de fecha 26 de agosto último, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto extraordinario vigente:

MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS

CAPITULO 110 bis.

Empresa Nacional de Radiocomunicaciones.

Artículo 1486-11. Para pagar a la Marconi's Wireless Telegraph con el valor total de los equipos, terrenos, accesorios, etc., comprados por el Gobierno Nacional, de conformidad con la autorización conferida por medio de la Ley 6a de 1943, en la forma estipulada en la cláusula 4a del contrato de fecha 4 de agosto de 1943 que, debidamente aprobado, corre publicado en el Diario Oficial número 25338, de 3 de septiembre del año en curso $ 100.000.00
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de octubre de1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

Digitó: CC1.022.970.487

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