Por el cual se autoriza a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones para constituir una sociedad

Rango Decreto
Publicación 1981-09-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 21 del Decreto extraordinario numero 130 de 1916,

DECRETA:

Articulo 1º Autorizase a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom), para constituir una sociedad, junto con las Empresas Municipales de Tuluá.
Articulo 2º La sociedad que se constituya tendrá como objeto la prestación del servicio de telefonía local en la ciudad de Tuluá y demás lugares del Departamento del Valle que ella determine; por constituirse entre entidades públicas, la nueva entidad se regirá por las disposiciones legales que regulan la organización, estructura y funcionamiento de las empresas industriales y comerciales del Estado y por los estudios que adopte la Junta Directiva y apruebe el Gobierno Nacional.
Articulo 3º La sociedad se denominará Empresa de Telecomunicaciones de Tuluá, podrá utilizar la sigla Teletuluá, pertenecerá al orden nacional y estará vinculada al Ministerio de Comunicaciones.
Articulo 4º La vigilancia fiscal de la mencionada sociedad estará a cargo de la Contraloría General de la República.
Articulo 5º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 10 de agosto de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Comunicaciones,

Antonio Abelló Roca.

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