Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos vigente
POR EL CUAL SE HACE UN TRASLADO EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del 3 de los corrientes, emitió dictamen favorable acerca del traslado propuesto por el señor Ministro de Correos y Telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que trata el artículo 1773, capítulo 61, del Presupuesto vigente,
DECRETA:
Artículo 1° Trasládase la suma de dos mil pesos ($ 2,000), del artículo 1774, capítulo 61, al artículo 1773, del mismo capítulo.
Artículo 2° Dése cuenta de este traslado al señor Contralor General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA
Digitó: CC 52.741.900
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.