Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos vigente

Rango Decreto
Publicación 1929-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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POR EL CUAL SE HACE UN TRASLADO EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del 3 de los corrientes, emitió dictamen favorable acerca del traslado propuesto por el señor Ministro de Correos y Telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que trata el artículo 1773, capítulo 61, del Presupuesto vigente,

DECRETA:

Artículo 1° Trasládase la suma de dos mil pesos ($ 2,000), del artículo 1774, capítulo 61, al artículo 1773, del mismo capítulo.
Artículo 2° Dése cuenta de este traslado al señor Contralor General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús GARCIA

Digitó: CC 52.741.900

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