por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 1894 del 23 de noviembre de 1992
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 50 del Decreto-Ley 10 de 1992.
DECRETA:
Artículo 1° Modificase el artículo 2° del Decreto 1894 del 23 de noviembre de 1992, en el sentido que la ruta es Santafé de Bogotá - Buenos Aires - Santiago de Chile - Asunción - Santiago de Chile- Santafé de Bogotá y no como aparece en la citada disposición.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 23 de diciembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Fabio Villegas Ramírez.
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