Por el cual se reorganizan unas dependencias en el Ministerio de Agricultura y Ganadería

Rango Decreto
Publicación 1949-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confieren el artículo 11 de la Ley 88 de 1948 y el artículo 12 de la Ley 98 del mismo año,

DECRETA:

Artículo primero. A partir de la fecha de este Decreto, quedan suprimidos en la División de Negocios Generales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, los siguientes cargos:

Jefe de la Sección de Archivo, Divulgación y Biblioteca.

Estenógrafa de la Sección de Registro de Correspondencia y Control de Personal.

Oficial de Liquidaciones en la Sección de Contabilidad y Control.

Artículo segundo. A partir de la fecha indicada en el artículo anterior la Sección de Archivo, Divulgación y Biblioteca, en la División de Negocios Generales, tendrá el personal y asignaciones que se determinan a continuación:
Archivero Bibliotecario $ 350.00
Ayudante Bibliotecario 200.00 200.00
Ayudante Archivero 180.00 180.00
Artículo tercero. Con la misma efectividad señalada en el artículo 1° se fijan las asignaciones siguientes para los cargos en la División de Negocios Generales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, que se indican a continuación:
Oficial Mayor Mecanotaquígrafo $ 220.00
Jefe de Registro 300.00 300.00
Oficial de Radicación y Control de Correspondencia 200.00 200.00
Oficial de Kárdex 200.00 200.00
Mecanógrafa 200.00 200.00
Archivero de Registro 120.00 120.00
Estenógrafa de Contabilidad y Control 180.00 180.00
Habilitado Pagador 550.00 550.00
Contador de la Pagaduría 350.00 350.00

Comuníquese y publíquee.

Dado en Bogotá a 13 de julio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Santiago TRUJILLO GOMEZ

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