Por el cual se eleva la tasa de interés de los Bonos de Desarrollo Económico de la Clase B

Rango Decreto
Publicación 1973-11-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Elevase a partir del primero (1°) de octubre de 1973 al 15 anual la tasa de interés de los Bonos de Desarrollo Ecónomo de la Clase "B".

Parágrafo. Los contratos de fideicomiso y garantía relativos a dichos Bonos, se modificarán de conformidad con lo dispuesto en el mes anterior, y el fideicomisario establecerá el sistema conforme al cual los tenedores de los Bonos deben obtener constancia de la nueva tasa de interés que devengan.

Artículo segundo. El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 8 de octubre de 1973.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y crédito Público, Luis Fernando Echavarría V.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.