por el cual se modifica la planta de personal del servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores, y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los Decretos 550 y 1678 de 1960, y el artículo 121 del Decreto ley 1675 de 1964, oído el concepto favorable de la Comisión Nacional del Servicio Civil,
DECRETA:
Artículo 1° A partir de la vigencia del presente Decreto, Adiciónase la planta de personal del servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores en los siguientes cargos, así:
Oficina Económica
| 1 Economista I | 16 |
|---|---|
| 1 Secretaria Auxiliar II bis | 8 |
División de Organismos y Conferencias Internacionales.
Sección de Naciones Unidas
| 1 Oficinista V | 7 |
|---|---|
División Consular:
Sección de Pasaportes
| 1 Oficinista V | 7 |
|---|---|
Sección de Visas e Inmigración
| 1 Supervisor Administrativo VI | 12 |
|---|---|
| 1 Supervisor Administrativo VII | 13 |
| 1 Secretaria Auxiliar III | 9 |
Rama Administrativa:
División de Personal
Sección de Registro y Control
1 Revisor de Documentos II
División de Servicios Generales:
Sección de Traducciones
1 Oficinista IV
Artículo 2° A partir de la vigencia del presente Decreto, Modifícase los grados ocupacionales, series y clases de empleo de los cargos de la planta interna de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, así;
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