Por el cual se incrementan las asignaciones básicas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Exterior

Rango Decreto
Publicación 1980-02-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República le Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales, en especial de las otorgadas por la Ley 48 de 1979, y

considerando:

Que la Ley 48 de 1979 otorgó al Presidente de la República facultades extraordinarias para fijar las escalas de remuneración de la Rama Ejecutiva del Poder Público,

decreta:

Artículo 1° A partir del 1° de enero de 1980, increméntase en un veinte por ciento (20%) las asignaciones básicas de los funcionarios Diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el exterior y en un veinticinco por ciento (25%) las correspondientes al respectivo personal administrativo.
Artículo 2° Si resultaren fracciones inferiores a US$ 100.00, se aproximará a la centena siguiente.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de enero de 1930.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Diego Uribe Vargas.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

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