Por el cual se crea un cargo en el Fondo Rotatorio de Fomento Económico del Ministerio de Agricultura y Ganadería
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Créase en el Fondo Rotatorio de Fomento Económico del Ministerio de Agricultura y Ganadería el cargo de Mecanógrafa-Ayudante de la Pagaduría y Almacén, con una asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150), y nómbrase para desempeñar dicho cargo a la señorita Liliam Vera.
Parágrafo. El gasto que ocasione el cumplimiento de este Decreto será de cargo del Fondo Rotatorio de Fomento Económico del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 13 de julio de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Santiago TRUJILLO GOMEZ
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