Por el cual se crea una oficina y se hacen unos nombramientos en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1920-11-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1º Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Supatá (Departamento de Cundinamarca), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 40
Un Cartero, con 5
Para gastos de alumbrado 1
Articulo 2º Nómbrase Telegrafista Administrador de Correos de Supatá, al señor Pedro Bohórquez, a quien reemplazará en este mismo empleo en Nocaima, el señor Eleázar Bohórquez. Articulo 2º Nómbrase Telegrafista Administrador de Correos de Supatá, al señor Pedro Bohórquez, a quien reemplazará en este mismo empleo en Nocaima, el señor Eleázar Bohórquez. Articulo 2º Nómbrase Telegrafista Administrador de Correos de Supatá, al señor Pedro Bohórquez, a quien reemplazará en este mismo empleo en Nocaima, el señor Eleázar Bohórquez.
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Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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