por el cual se introducen algunas modificaciones a una Consejería
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 16 y 17 del Decreto-ley 1680 de 1991,
DECRETA:
Artículo 1º. El cargo de Consejero Presidencial Código 110, Grado 41, creado mediante Decreto número 1955 de 1994, se denominará en adelante Consejero Presidencial para el Desarrollo Territorial y de Santa Fe de Bogotá.
Artículo 2º.El Consejero para el Desarrollo Territorial y de Santa Fe de Bogotá, además de las funciones asignadas en virtud del artículo 4º del Decreto número 1955 de 1994, cumplirá las siguientes:
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- Propiciar mecanismos de concertación entre las autoridades de los niveles nacional, departamental y municipal para la unificación de objetivos, la realización de estudios e investigaciones, la ejecución de programas y la consecución de recursos de cooperación internacional, con el fin de contribuir al desarrollo integral de los territorios que no estén asignados a una Consejería Presidencial.
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- Presentar en los distintos escenarios de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la República la política del gobierno, sus planes de acción para los territorios a su cargo.
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- Desarrollar de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la República, estrategias de información, promoción, gestión y seguimiento de las inversiones de las entidades y planes de acción del Gobierno Nacional para los territorios a su cargo.
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- Preparar documentos de apoyo para sustentar la toma de decisiones en relación con los programas y acciones para los territorios mencionados.
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- Coordinar la ejecución de los recursos que se asignen al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República por la Ley Anual de Presupuesto dentro del rubro "Asistencia directa a la comunidad", de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo.
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- Presidir el Comité de Coordinación Territorial.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 14 de noviembre de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
EI Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
José Antonio Vargas Lleras.
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