por el cual se efectúan algunos ajustes en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995

Rango Decreto
Publicación 1995-11-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por Ley 179 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 179 de 1994, autoriza al Gobierno para hacer los ajustes presupuéstales necesarios una vez determinado el excedente financiero de la Nación:

Que la Contraloría General de la República determinó como excedente financiero de la Nación la suma de $ 231.969.384.915.12, el cual fue comunicado mediante Oficio número 40674 del 10 de agosto de 1995,

DECRETA:

Artículo 1°. Ajustar el Presupuesto Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la Vigencia fiscal de 1995, en la suma dos mil ochocientos treinta y ocho millones doscientos mil pesos ($2.838.200.000) moneda legal con base en el artículo 21 de la Ley 179 de 1994, los cuales se incorporan así:

Rentas del Presupuesto General de la Nación

2. Recursos de capital de la Nación $ 2.838.200.000
2.7. Otros recursos de capital $ 2.838.200.000
Total presupuesto $ 2.838.200.000
Artículo 2°. Ajustar el Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995 en la suma de dos mil ochocientos treinta y ocho millones doscientos mil pesos ($ 2.838.200.000) moneda legal, con base en el artículo 21 de la Ley 179 de 1994,

NOTA:ESTA NORMA POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD PUEDE SER CONSULTADA EN EL DIARIO OFICIAL. No 42128

Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

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