Por el cual se reorganiza una Sección en el Ministerio de Agricultura y Ganadería

Rango Decreto
Publicación 1949-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confieren las Leyes 88 y 98 de 1948,

DECRETA:

Artículo primero. A partir de la fecha de este Decreto, la Sección de Proveeduría y Almacenes de la División de Negocios Generales del Ministerio de Agricultura y Ganadería tendrá el personal y asignaciones siguientes:
Almacenista Proveedor $ 600.00
Estenógrafa 170.00 170.00
Ayudante Almacén 300.00 300.00
Contador Jefe 400.00 400.00
Estenógrafa 170.00 170.00
Contador Ayudante 300.00 300.00
Auxiliar de Contabilidad 280.00 280.00
Oficial de Kárdex 200.00 200.00
Dos Examinadores, a $ 170 cada uno 340.00 340.00
Tenedor de Libros 200.00 200.00
Oficial de Registro 180.00 180.00
Estenógrafa 170.00 170.00
Oficial de Cotizaciones 250.00 250.00
Oficial de Importaciones 250.00 250.00
Oficial de Ordenes de Compra 170.00 170.00
Chofer 180.00 180.00
Artículo segundo. Asígnansele al Almacenista Proveedor las funciones que actualmente desempeña el Jefe de Proveeduría y Almacenes y el Almacenista General.

Parágrafo. El Chofer que aparece en el presente Decreto prestará su servicio en el carro de la Secretaría General del Ministerio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de julio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Santiago TRUJILLO GOMEZ.

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