POR EL CUAL SE SUPRIME LA INTERVENTORIA DEL GOBIERNO EN EL FERROCARRIL IBAGUE-ARMENIA
Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del día primero de diciembre del presente año, quedará suprimida la Interventoría del Gobierno en el contrato celebrado con la Régie Générale de Chemins de Fer et Travaux Publies, para la construcción del ferrocarril Ibagué Armenia y del túnel de Calarcá.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de noviembre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.