Por el cual se declara restablecido el orden público en el Departamento de Caldas
El Presidente de la República de Colombia,
En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 117 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno declaró turbado el orden público y en estado de sitio el territorio del Departamento de Caldas1 a causa de las perturbaciones ocurridas en esa sección del país, con motivo del paro de transportes;
Que según todos los informes que posee el Gobierno y el concepto del Gobernador del Departamento de Caldas, la tranquilidad pública impera en esa sección del país,
DECRETA:
Artículo único. Declárase restablecido el orden público y levántase el estado de sitio en el territorio del Departamento de Caldas, y, por consiguiente, sin efecto en lo sucesivo, las disposiciones a que se refieren los Decretos números 1977 y 1978 de 7 de octubre y 2000 de 8 de octubre del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de octubre de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos LOZANO Y LOZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Guerra,
Gonzalo RESTREPO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
J. E. GAITAN
El Ministro de la Economía Nacional,
Moisés PRIETO
El Ministro de Minas y Petróleos,
Néstor PINEDA
Por el Ministro de Educación Nacional,
Roberto Ancizar, Secretario,
. El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alirio GOMEZ PICON
El Ministro de Obras. Públicas,
H. ECHAVARRIA O.
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