Por el cual se aumenta la partida destinada al saneamiento de Buenaventura
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones, y
considerando:
Que algunas de las partidas señaladas en el Decreto número 1858 del presente año, no se podrán aplicar en el presente año; y Que la partida asignada en el mismo Decreto para trabajos de sanidad en el puerto Buenaventura, ha sido insuficiente,
decreta:
Artículo único. Auméntase en tres mil pesos ($3,000) la partida a señalada en el Decreto número 1898 del presente año, dará saneamiento del puerto de Buenaventura, Esta suma se imputará al capítulo 56. Artículo 568, del Presupuesto de la actual vigencia
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de diciembre de 1927.
Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobiernos,
Jorge VELEZ
El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas,
J. Vicente HUERTAS.
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