por el cual se crea un Consulado Honorario, un cargo y se hace un nombramiento
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere los numerales 2° y 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1° Créase el Consulado-Honorario, en la Provincia de Tungurahua, con sede en Ambato, República del Ecuador, con jurisdicción en toda la Provincia.
Artículo 2° Créase el cargo de Cónsul-Honorario, en el Consulado-Honorario en la Provincia de Tungurahua, República del Ecuador.
Artículo 3° Nómbrase al señor Luis Eduardo Bernal, en el cargo de Cónsul-Honorario en la Provincia de Tungurahua, República del Ecuador, cargo creado según artículo 2° de la presente disposición.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y no causará erogación a cargo del Tesoro Nacional.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Noemí Sanín de Rubio.
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