Por el cual se dispone la manera de cubrir los gastos correspondientes a la construcción de una obra

Rango Decreto
Publicación 1941-02-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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DECRETO NUMERO 208 DE 1941

(febrero 7)

por el cual se dispone la manera de cubrir los gastos correspondientes a la construcción de una obra.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 131 de 1936, el Ministerio de la Economía Nacional, durante el año fiscal próximo pasado, verificó los estudios técnicos necesarios para la construcción de un canal para embalse de las aguas del río Piedras al río Manzanares, en el Municipio de Santa Marta, Departamento del Magdalena, e inició los trabajos correspondientes;

Que en la Ley de Apropiaciones del año fiscal en curso, bajo la denominación del artículo 1070 del capítulo 81, correspondiente al Ministerio de Obras Públicas, se apropió la suma de $ 40.000 con destino a la obra en referencia, y

Que tal apropiación ha debido incorporarse al efectuar la liquidación del Presupuesto de gastos vigente, entre las que corresponden al Ministerio de la Economía Nacional,

DECRETA:

Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, y por el resto de la vigencia fiscal en curso, el Ministerio de la Economía Nacional girará contra la siguiente partida de la Ley de Apropiaciones vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 81-Obras hidráulicas-Construcción.

Artículo 1070. Para las obras de embalse de las aguas del río Piedras al Manzanares, Ley 131 de 1936 $ 40.000.00

Parágrafo. Los gastos que el Ministerio de la Economía Nacional hubiere verificado en la obra de embalse de las aguas del río Piedras al Manzanares, por conducto de la Comisión de Aguas de la Zona Bananera, durante el tiempo comprendido entre el 19 de enero de 1941 y la fecha de expedición del presente Decreto, serán legalizados con cargo a la apropiación mencionarla en este artículo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de febrero de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del

Despacho de Obras Públicas,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Miguel LOPEZ PUMAREJO.

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