Por el cual se adscriben a la Armada Nacional dos Unidades a Flote
E1 Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° De conformidad con el artículo 3° de la Ley 92 de 1948, adscribir a la Armada Nacional el Transporte Marítimo, antiguo USN-YFR-443, y el Remolcador de Bahía, antiguo USN-YTL-231, cedidos por la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica, según, los términos del respectivo convenio sobre el particular.
Artículo 2° La novedad anterior surte efectos con las siguientes fechas: Para el Remolcador de Bahía, antiguo USN-YTL-231, el veinte de mayo de mil novecientos sesenta y tres, y para el Transporte Marítimo, antiguo USN-YFR-443, el catorce de junio del mismo año.
Artículo 3° Las Unidades de que tratan los artículos anteriores se denominarán así: El Remolcador de Bahía, ARC "Teniente Ricardo Sorzano"; y el Transporte Marítimo, ARC "Quindío". La clasificación, distintivos y dotaciones serán determinados por el Comando de la Armada Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a septiembre 12 de 1963.
guillermo leon valencia
Mayor General Alberto Ruiz Novoa, Ministro de Guerra.
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