por el cual se subvenciona una Escuela de Artes y Oficios

Rango Decreto
Publicación 1918-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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en uso de sus facultades legales, y

considerando:

decreta:

Artículo 1º Subvenciónase la Escuela de Artes y Oficios de seis mil pesos anuales, que se imputará al artículo correspondiente del Presupuesto Nacional de Gastos de cada vigencia.
Artículo 2º Adóptase provisionalmente el reglamento de la mencionada Escuela, dictado al efecto por la Dirección de Instrucción Pública del Departamento, por medio de la Resolución número 2 de 1917.
Artículo 3º El Gobierno ejercerá 1a suprema inspección y vigilancia de esta Escuela, con el objeto de que en ella se dicten bus enseñanzas industriales que determine el Ministerio de Instrucción Pública y de que se cumplan las demás disposiciones de la Ley y los reglamentos que en su desarrollo dicte el Ministerio del ramo.
Articulo 4º Las cuentas .de • cobro del auxilio serán presentadas, para su reconocimiento, con el visto bueno del Director de Instrucción Pública del Departamento, por la persona que al efecto nombre el Consejo Directivo de la referida Escuela.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1º de diciembre de 1918

MARCO FIDEL SUAREZ-E1 Ministro de Instrucción Pública, j. f. ENSIGNARES S.

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